# Introducción

<span style="font-weight: 400;">Esta competencia hace alusión a la capacidad que debe disponer el docente para poder crear situaciones de enseñanza-aprendizaje, en las cuales el alumnado pueda desarrollar sus competencias comunicativas, además de las de colaboración ciudadana por medio, entre otras cosas, de la comunicación. </span>

<p class="callout success"><span style="font-weight: 400;">En este punto, se entiende al docente como un ciudadano digitalmente competente, aquel que ha adquirido las competencias necesarias para poder modelizar el aprendizaje de modo significativo. </span></p>

<span style="font-weight: 400;">Uno de los aspectos a considerar en el modo de plantear las situaciones educativas es la edad del alumnado. El Reglamento General de Protección de Datos (a partir de ahora RGPD), en su artículo 8 nos habla de las </span>

> <span style="font-weight: 400;">Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con los servicios de la sociedad de la información”. </span>

<span style="font-weight: 400;">Explica que el tratamiento de la información de los ciudadanos menores de 16 años solamente se considerará lícito si el consentimiento se lo dio o autorizó el titular de la patria potestad o tutela sobre ese menor. Pero, por otro lado, el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre nos dice que: “El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años”. Y esto, ¿qué supone?. Lo que supone es que **los adolescentes que hayan cumplido los catorce años de edad podrán ceder voluntariamente sus datos para registrarse en una plataforma o red social**, pero no han recibido formación para tal fin, y su correcta participación en RR.SS. no se puede garantizar. </span>

<span style="font-weight: 400;"><iframe allowfullscreen="allowfullscreen" class="giphy-embed" data-mce-fragment="1" frameborder="0" height="290" src="https://giphy.com/embed/26gshn9NXKOMrnysU" style="width: 307px; height: 290px;" width="307"></iframe>

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<span style="font-weight: 400;">Se debe fomentar el análisis crítico por parte del alumnado, y desarrollar un uso responsable en función de sus necesidades, sus valores y su bienestar personal, ya que el uso de estas puede entrañar riesgos. Para que estos riesgos se reduzcan, comenzamos comprendiendo el concepto de “Netiqueta”.</span>